LEGISLACIÓN


DECRETO 97/2015, 3 DE MARZO

El Decreto 97/2015, de 3 de marzo , por el que se establece la ordenación y el currículo correspondiente a la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía dispone en su artículo 5.7 que los elementos del currículo de esta etapa educativa serán concretados por orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación. 

Los aprendizajes contenidos en las distintas áreas que conforman los bloques de asignaturas de la etapa de Educación Primaria en Andalucía se ordenan en torno a los objetivos de las mismas para la consecución de los objetivos de la etapa, expresados en términos de capacidades que se pretenden alcanzar. 

La Educación Primaria se organizará de acuerdo con los principios de educación común y atención a la diversidad del alumnado, de modo que permita a éste alcanzar los objetivos de la etapa. A tales efectos, se pondrá especial énfasis en el tratamiento de las dificultades de aprendizaje tan pronto como se detecten, en la acción tutorial y la orientación educativa del alumnado y en la relación con las familias para apoyar el proceso educativo del alumnado.

 En la etapa de Educación Primaria las áreas de conocimiento se agruparán en tres bloques de asignaturas: troncales, específicas y de libre configuración autonómica.

 El alumnado debe cursar las siguientes áreas del bloque de asignaturas troncales en cada uno de los cursos: Ciencias de la Naturaleza, Ciencias Sociales, Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas y Primera Lengua Extranjera. 

El alumnado debe cursar las siguientes áreas del bloque de asignaturas específicas en cada uno de los cursos: Educación Física, Religión, o Valores Sociales y Cívicos, a elección de los padres, madres o tutores legales del alumnado, Educación Artística y Segunda Lengua Extranjera. 

Dentro del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, el alumnado cursará en quinto curso de Educación Primaria el área de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos y en sexto curso, el área de Cultura y Práctica Digital.

En el caso de que el alumnado presente dificultades de aprendizaje en la adquisición de la competencia en comunicación lingüística que le impidan seguir con aprovechamiento su proceso de aprendizaje, podrá cursar en lugar de la Segunda Lengua Extranjera, refuerzo del área de Lengua Castellana y Literatura.

Para alcanzar los objetivos de la etapa, el currículo de la Educación Primaria en Andalucía ordena, organiza, relaciona y concreta dichos elementos curriculares para cada una de las áreas con la siguiente estructura: 

  1. Aspectos generales. Incluyen los elementos generales que definen, caracterizan y configuran el área: introducción, bloques de contenidos, orientaciones metodológicas y la contribución del área al desarrollo de las competencias clave.   
  2. Objetivos del área. Determinan las capacidades generales que se han de alcanzar en cada una de las áreas para contribuir a los objetivos generales de la etapa. 
  3. Mapa de desempeño. Presenta la secuenciación de los objetivos de cada una de las áreas a través de los criterios de evaluación por ciclos y su relación directa con los criterios de evaluación de etapa y estándares de aprendizaje evaluables.
  4. Desarrollo curricular del área. Presenta los criterios de evaluación de cada uno de los ciclos y su relación con el resto de elementos curriculares. Partiendo de cada criterio de evaluación, que describe los aprendizajes imprescindibles y fundamentales que el alumnado tiene que alcanzar en cada área, se ofrecen orientaciones y ejemplificaciones de actividades y tareas y se concretan los contenidos necesarios.
  5. Contenidos. Conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa y a la adquisición de competencias. Los contenidos se organizan en torno a bloques dentro de cada área y se presentan secuenciados por ciclo.

El horario lectivo semanal de cada uno de los cursos de la Educación Primaria será de veinticinco horas lectivas, incluyéndose en este cómputo dos horas y media destinadas al recreo y los tiempos dedicados a la acción tutorial.

El Consejo Escolar realizará el seguimiento de los compromisos educativos y de convivencia suscritos por las familias con el centro para garantizar su efectividad y proponer la adopción de medidas e iniciativas en relación con su cumplimiento. 


LOE


La Ley Orgánica de Educación (LOE), de 3 de mayo de 2006, regula las enseñanzas educativas en los diferentes tramos de edad. Esta ley está vigente desde el curso 2006/2007 y ha sido modificada parcialmente por la LOMCE (Ley Orgánica de para la Mejora de la Calidad Educativa).

Esta ley establece en su preámbulo que tiene como objetivo adecuar la regulación legal de la educación no universitaria a la realidad actual en España (educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, de idiomas, artísticas, deportivas, de adultos) bajo los principios de calidad de la educación para todo el alumnado.

La LOE establece los diferentes niveles educativos de enseñanza que son:

  • Educación infantil.
  • Educación primaria.
  • Educación secundaria obligatoria.
  • Bachillerato.
  • Formación profesional.
  • Enseñanzas de idiomas.
  • Enseñanzas artísticas.
  • Enseñanzas deportivas.
  • Educación de personas adultas.
  • Enseñanza universitaria.

Los estudios obligatorios son la educación primaria y la educación secundaria obligatoria. La educación infantil es una etapa optativa, pero recomendable, sobretodo el segundo ciclo, de los 3 a los 6 años.


La Educación Primaria comprende seis cursos académicos, desde los 6 a los 12 años, y tiene carácter obligatorio. Esta es la primera etapa obligatoria del sistema educativo por lo que deben incorporarse a ella todas las niñas y los niños en el año natural que cumplan los 6 años, independientemente de si han realizado o no la Educación Infantil. 

La educación Primaria tiene como finalidad facilitar aprendizajes como la expresión y comprensión oral, la escritura, la lectura, el cálculo, la adquisición de nociones básicas de la cultura, los hábitos de convivencia, estudio y trabajo, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad; con el fin de garantizar al alumnado una formación integral y prepararlo para la Educación Secundaria Obligatoria.

Las asignaturas de la Educación Primaria son las siguientes:

Asignaturas troncales:

  • Lengua Castellana y Literatura
  • Matemáticas
  • Ciencias de la Naturaleza
  • Ciencias Sociales
  • Primera Lengua Extranjera

Asignaturas específicas (Se cursan al menos 3 de una oferta de 6. Es obligatorio cursar Educación Física, Religión o Valores Sociales y Cívicos):

  • Educación Física
  • Religión o Valores Sociales y Cívicos
  • Al menos 1 de las siguientes:
  • Educación Artística
  • Segunda Lengua Extranjera
  • Si las familias o tutores legales no la han elegido anteriormente:
  • Religión
  • Valores Sociales y Cívicos

Asignaturas de libre configuración autonómica:

  • Lengua Cooficial y Literatura (recibe un tratamiento análogo al área de Lengua Castellana y Literatura).
  • Asignaturas específicas no cursadas o áreas por determinar.
  • Profundización o refuerzo de las troncales o áreas por determinar por las Administraciones o centros educativos.

En todas las áreas se trabaja de forma transversal: la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las tecnologías de la información y la comunicación, el emprendimiento y la educación cívica y constitucional.


LOMCE

La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE),  es una ley del ordenamiento jurídico español con carácter de ley orgánica aprobada en el año 2013, que modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), seis artículos y una disposición adicional de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (LODE).

En el Preámbulo se afirma:

Los principales objetivos que persigue la reforma son reducir la tasa de abandono temprano de la educación, mejorar los resultados educativos de acuerdo con criterios internacionales, tanto en la tasa comparativa de alumnos y alumnas excelentes, como en la de titulados en Educación Secundaria Obligatoria, mejorar la empleabilidad, y estimular el espíritu emprendedor de los estudiantes. 

Los cambios más importantes que introduce la LOMCE en el sistema educativo español son los siguientes: 

  • Pruebas de evaluación final para obtener el título de Graduado en ESO y el título de Bachiller.
  • Dos opciones en cuarto curso de ESO: los alumnos de 4º de la ESO tendrán que escoger entre dos opciones: la que conduce al Bachillerato o la que conduce a la Formación Profesional de Grado Medio.
  • Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento en la ESO.
  • Mayor importancia de las «asignaturas troncales».
  • Obligatoriedad de la oferta de enseñanzas cuya lengua vehicular sea el castellano.
  • Educación plurilingüe.
  • Asignatura de Religión.
  • Libertad de enseñanza.
  • Nueva relación en cuanto a la oferta de plazas entre la enseñanza pública y la privada concertada.




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